Si es culpable de una violación de tráfico, usted debe informar a su empleador:

Si se lo declara culpable de cualquier tipo de infracción de tránsito (que no sea una infracción de estacionamiento), debe informar a su empleador dentro de los 30 días, independientemente del tipo de vehículo en el que se cometió la infracción.

ESPERE, ANTES DE IRSE

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