Cuando viaja con explosivos 1.1, 1.2 o 1.3, el vehículo no debe ser:
Los vehículos que lleven explosivos de la División 1.1, 1.2 o 1.3 nunca deben estacionarse a menos de 5 pies de la parte transitada de una carretera. Excepto cuando estaciona brevemente para realizar las funciones necesarias para el funcionamiento del vehículo (como reabastecimiento de combustible), nunca estacione a de 300 pies de un puente, un túnel o edificio; un lugar donde la gente se reúne; o un fuego abierto. Dichos vehículos deben ser estacionados solamente brevemente.